SINDROME DE DESPERSONALIZACION Y DESVINCULACION DE LA REALIDAD
Diagnóstico CIE-10 del catálogo de referencia de SISPRO, vigente para el reporte de RIPS en Colombia.
Ficha técnica
- Notación internacional
- F48.1
- F481
- Sexo
- Ambos sexos
- A
- Edad válida (RIPS)
- Sin restricción de edad
- 0–999
Definición oficial del equivalente CIE-11 (OMS)
La CIE-10 no tiene definiciones oficiales. Este es el texto oficial en español de su equivalente en la CIE-11, 6B66 — Trastorno de despersonalización y desrealización:
El trastorno de despersonalización-desrealización se caracteriza por experiencias persistentes o recurrentes de despersonalización, desrealización o ambas. La despersonalización se caracteriza por experimentar el yo como extraño o irreal, o sentirse separado de él, o como si uno fuera un observador externo de sus pensamientos, sentimientos, sensaciones, cuerpo o acciones. La desrealización se caracteriza por experimentar otras personas, objetos o el mundo como extraños o irreales (por ejemplo, de ensueño, distantes, nebulosos, sin vida, incoloros o visualmente distorsionados) o sentirse separado del alrededor. Durante las experiencias de despersonalización o desrealización, las pruebas de realidad permanecen intactas. Las experiencias de despersonalización o desrealización no ocurren exclusivamente durante otro trastorno disociativo y no se explican mejor por otro trastorno mental, de comportamiento o del desarrollo neurológico. Las experiencias de despersonalización o desrealización no se deben a los efectos directos de una sustancia o medicamento en el sistema nervioso central, incluidos los efectos de la abstinencia, y no se deben a una enfermedad del sistema nervioso ni a un traumatismo craneal. Los síntomas resultan en angustia o deterioro significativo en las áreas personales, familiares, sociales, educativas, ocupacionales u otras áreas importantes del funcionamiento.
Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/253124068.
Fuente: tabla de referencia CIE10 de SISPRO — Ministerio de Salud y Protección Social, actualizada al 21 de mayo de 2026. Información de referencia: para efectos de reporte y facturación, verifica siempre la normativa vigente.
Preguntas frecuentes sobre F481
Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, F481 (SINDROME DE DESPERSONALIZACION Y DESVINCULACION DE LA REALIDAD) corresponde a 6B66 (Trastorno de despersonalización y desrealización) en la CIE-11. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno.
Según el catálogo de referencia de SISPRO, F481 aplica para ambos sexos sin restricción de edad. Reportarlo fuera de ese rango no impide radicar la factura: hoy la validación de sexo y edad genera una notificación, no un rechazo. El Ministerio advirtió que las notificaciones pasarán a ser reglas de rechazo, así que conviene dejar el sustento clínico en la historia.
En el formato RIPS de Colombia el código se reporta sin punto (F481); la notación internacional lo escribe con punto decimal: F48.1. Son el mismo diagnóstico.
Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024, con una transición de codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición la CIE-10 sigue siendo válida para el reporte; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.
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