EXHIBICIONISMO
Diagnóstico CIE-10 del catálogo de referencia de SISPRO, vigente para el reporte de RIPS en Colombia.
Ficha técnica
- Notación internacional
- F65.2
- F652
- Sexo
- Ambos sexos
- A
- Edad válida (RIPS)
- 10 a 120 años
- 10–120
Definición oficial del equivalente CIE-11 (OMS)
La CIE-10 no tiene definiciones oficiales. Este es el texto oficial en español de su equivalente en la CIE-11, 6D30 — Trastorno exhibicionista:
El trastorno exhibicionista se caracteriza por un patrón sostenido, focalizado e intenso de excitación sexual, que se manifiesta con pensamientos, fantasías, deseos intensos, o conductas sexuales persistentes, que implican exponer los genitales a un desconocido en lugares públicos, usualmente sin la intención de lograr un contacto más cercano. Además, para diagnosticar el trastorno exhibicionista, el individuo debe haber actuado según estos pensamientos, fantasías o urgencias o experimentar un marcado malestar debido a ellos. El trastorno exhibicionista excluye específicamente las conductas exhibicionistas consensuadas que ocurren con el consentimiento de las personas involucradas, así como las formas socialmente sancionadas de exhibicionismo.
Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/141881468.
Fuente: tabla de referencia CIE10 de SISPRO — Ministerio de Salud y Protección Social, actualizada al 21 de mayo de 2026. Información de referencia: para efectos de reporte y facturación, verifica siempre la normativa vigente.
Preguntas frecuentes sobre F652
Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, F652 (EXHIBICIONISMO) corresponde a 6D30 (Trastorno exhibicionista) en la CIE-11. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno.
Según el catálogo de referencia de SISPRO, F652 aplica para ambos sexos y la edad válida del paciente es 10 a 120 años. Reportarlo fuera de ese rango no impide radicar la factura: hoy la validación de sexo y edad genera una notificación, no un rechazo. El Ministerio advirtió que las notificaciones pasarán a ser reglas de rechazo, así que conviene dejar el sustento clínico en la historia.
En el formato RIPS de Colombia el código se reporta sin punto (F652); la notación internacional lo escribe con punto decimal: F65.2. Son el mismo diagnóstico.
Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024, con una transición de codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición la CIE-10 sigue siendo válida para el reporte; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.
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