G835

SINDROME DE ENCLAUSTRAMIENTO

Diagnóstico CIE-10 del catálogo de referencia de SISPRO, vigente para el reporte de RIPS en Colombia.

Ficha técnica

Notación internacional
G83.5
G835
Sexo
Ambos sexos
A
Edad válida (RIPS)
1 a 100 años
1–100
Equivalencia CIE-11 (mapa OMS)
8E45 · Síndrome de enclaustramiento
8E45

Fuente: tabla de referencia CIE10 de SISPRO — Ministerio de Salud y Protección Social, actualizada al 21 de mayo de 2026. Información de referencia: para efectos de reporte y facturación, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre G835

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, G835 (SINDROME DE ENCLAUSTRAMIENTO) corresponde a 8E45 (Síndrome de enclaustramiento) en la CIE-11. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno.

Según el catálogo de referencia de SISPRO, G835 aplica para ambos sexos y la edad válida del paciente es 1 a 100 años. Reportarlo fuera de ese rango no impide radicar la factura: hoy la validación de sexo y edad genera una notificación, no un rechazo. El Ministerio advirtió que las notificaciones pasarán a ser reglas de rechazo, así que conviene dejar el sustento clínico en la historia.

En el formato RIPS de Colombia el código se reporta sin punto (G835); la notación internacional lo escribe con punto decimal: G83.5. Son el mismo diagnóstico.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024, con una transición de codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición la CIE-10 sigue siendo válida para el reporte; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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