L892

ULCERA DE DECUBITO, ETAPA III

Diagnóstico CIE-10 del catálogo de referencia de SISPRO, vigente para el reporte de RIPS en Colombia.

Ficha técnica

Notación internacional
L89.2
L892
Sexo
Ambos sexos
A
Edad válida (RIPS)
Sin restricción de edad
0–999
Equivalencia CIE-11 (mapa OMS)
EH90.2 · Úlcera por presión, de grado 3
EH90.2

Definición oficial del equivalente CIE-11 (OMS)

La CIE-10 no tiene definiciones oficiales. Este es el texto oficial en español de su equivalente en la CIE-11, EH90.2Úlcera por presión, de grado 3:

Úlcera por presión con pérdida del espesor total de la piel. El panículo adiposo puede ser visible, pero no están expuestos huesos, tendones ni músculos. Puede haber esfacelación (tejido necrótico), pero no oculta la profundidad de la úlcera. Puede haber socavación y formación de túneles en las estructuras adyacentes. La profundidad varía según la localización anatómica: las úlceras por presión de grado 3 pueden ser superficiales en las zonas con escaso o nulo panículo adiposo (p. ej., puente nasal, oreja, occipucio y maléolos); pero pueden ser muy profundas, en cambio, en las zonas con adiposidad importante.

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/121657546.

Fuente: tabla de referencia CIE10 de SISPRO — Ministerio de Salud y Protección Social, actualizada al 21 de mayo de 2026. Información de referencia: para efectos de reporte y facturación, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre L892

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, L892 (ULCERA DE DECUBITO, ETAPA III) corresponde a EH90.2 (Úlcera por presión, de grado 3) en la CIE-11. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno.

Según el catálogo de referencia de SISPRO, L892 aplica para ambos sexos sin restricción de edad. Reportarlo fuera de ese rango no impide radicar la factura: hoy la validación de sexo y edad genera una notificación, no un rechazo. El Ministerio advirtió que las notificaciones pasarán a ser reglas de rechazo, así que conviene dejar el sustento clínico en la historia.

En el formato RIPS de Colombia el código se reporta sin punto (L892); la notación internacional lo escribe con punto decimal: L89.2. Son el mismo diagnóstico.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024, con una transición de codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición la CIE-10 sigue siendo válida para el reporte; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

Menos códigos que buscar, más consulta.

Cliini escucha tu consulta y entrega la nota estructurada con códigos CIE-10 sugeridos, récipe e indicaciones — lista para tu historia clínica.