M546

DOLOR EN LA COLUMNA DORSAL

Diagnóstico CIE-10 del catálogo de referencia de SISPRO, vigente para el reporte de RIPS en Colombia.

Ficha técnica

Notación internacional
M54.6
M546
Categoría
M54 · DORSALGIA
M54
Sexo
Ambos sexos
A
Edad válida (RIPS)
Sin restricción de edad
0–999
Equivalencia CIE-11 (mapa OMS)
ME84.1 · Dolor de la columna torácica
ME84.1

Definición oficial del equivalente CIE-11 (OMS)

La CIE-10 no tiene definiciones oficiales. Este es el texto oficial en español de su equivalente en la CIE-11, ME84.1Dolor de la columna torácica:

Conjunto de afecciones caracterizadas por un dolor percibido en cualquier punto de la región delimitada en la parte superior por una línea transversal que atraviesa la punta de la apófisis espinosa de T1; en la parte inferior por una línea transversal que atraviesa la punta de la apófisis espinosa de T12; y a los lados por líneas verticales dispuestas tangencialmente con respecto a los márgenes más laterales de los músculos erectores de la columna vertebral.

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/2125857013.

Fuente: tabla de referencia CIE10 de SISPRO — Ministerio de Salud y Protección Social, actualizada al 21 de mayo de 2026. Información de referencia: para efectos de reporte y facturación, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre M546

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, M546 (DOLOR EN LA COLUMNA DORSAL) corresponde a ME84.1 (Dolor de la columna torácica) en la CIE-11. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno.

Según el catálogo de referencia de SISPRO, M546 aplica para ambos sexos sin restricción de edad. Reportarlo fuera de ese rango no impide radicar la factura: hoy la validación de sexo y edad genera una notificación, no un rechazo. El Ministerio advirtió que las notificaciones pasarán a ser reglas de rechazo, así que conviene dejar el sustento clínico en la historia.

En el formato RIPS de Colombia el código se reporta sin punto (M546); la notación internacional lo escribe con punto decimal: M54.6. Son el mismo diagnóstico.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024, con una transición de codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición la CIE-10 sigue siendo válida para el reporte; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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