N251

DIABETES INSIPIDA NEFROGENA

Diagnóstico CIE-10 del catálogo de referencia de SISPRO, vigente para el reporte de RIPS en Colombia.

Ficha técnica

Notación internacional
N25.1
N251
Sexo
Ambos sexos
A
Edad válida (RIPS)
Sin restricción de edad
0–999
Equivalencia CIE-11 (mapa OMS)
GB90.4A · Diabetes insípida nefrógena
GB90.4A

Definición oficial del equivalente CIE-11 (OMS)

La CIE-10 no tiene definiciones oficiales. Este es el texto oficial en español de su equivalente en la CIE-11, GB90.4ADiabetes insípida nefrógena:

Afección caracterizada por respuesta defectuosa de los túbulos renales a la hormona antidiurética (ADH) segregada por la hipófisis, lo cual ocasiona una incapacidad para concentrar la orina y la consiguiente pérdida de agua. Se manifiesta por poliuria con orina diluida y polidipsia (sed insaciable). Puede ser congénita o adquirida por múltiples causas. Las formas congénitas pueden estar causadas por defectos en el receptor de la vasopresina o en la acuaporina 2. Se caracterizan por poliuria con polidipsia, episodios recurrentes de fiebre, estreñimiento y deshidratación hipernatrémica aguda después del nacimiento, que pueden causar secuelas neurológicas.

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1417669099.

Fuente: tabla de referencia CIE10 de SISPRO — Ministerio de Salud y Protección Social, actualizada al 21 de mayo de 2026. Información de referencia: para efectos de reporte y facturación, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre N251

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, N251 (DIABETES INSIPIDA NEFROGENA) corresponde a GB90.4A (Diabetes insípida nefrógena) en la CIE-11. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno.

Según el catálogo de referencia de SISPRO, N251 aplica para ambos sexos sin restricción de edad. Reportarlo fuera de ese rango no impide radicar la factura: hoy la validación de sexo y edad genera una notificación, no un rechazo. El Ministerio advirtió que las notificaciones pasarán a ser reglas de rechazo, así que conviene dejar el sustento clínico en la historia.

En el formato RIPS de Colombia el código se reporta sin punto (N251); la notación internacional lo escribe con punto decimal: N25.1. Son el mismo diagnóstico.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024, con una transición de codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición la CIE-10 sigue siendo válida para el reporte; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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