O960

MUERTE POR CAUSA OBSTETRICA DIRECTA QUE OCURRE DESPUES DE 42 DIAS PERO ANTES DE UN AÑO DEL PARTO

Diagnóstico CIE-10 del catálogo de referencia de SISPRO, vigente para el reporte de RIPS en Colombia.

Definición oficial del equivalente CIE-11 (OMS)

La CIE-10 no tiene definiciones oficiales. Este es el texto oficial en español de su equivalente en la CIE-11, JB61.0Muerte por causa obstétrica directa que ocurre más de 42 días, pero menos de un año después del parto.:

Son las que resultan de complicaciones obstétricas del embarazo (embarazo, parto y puerperio), de intervenciones, de omisiones, de tratamiento incorrecto o de una cadena de acontecimientos originada en cualquiera de las circunstancias mencionadas. Si la muerte ocurre después de 42 días pero antes de un año de finalizado el embarazo es una muerte obstétrica directa tardía. Cualquier condición que ocasiona la muerte de la madre por cualquier causa obstétrica directa asociada con los cambios fisiológicos o de otro tipo que se producen entre la concepción y el parto (el embarazo), durante el trabajo de parto o el período de expulsión, o en el período aproximado de seis semanas después del parto en el cual el útero vuelve a su tamaño original (puerperio).

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/461988286.

Fuente: tabla de referencia CIE10 de SISPRO — Ministerio de Salud y Protección Social, actualizada al 21 de mayo de 2026. Información de referencia: para efectos de reporte y facturación, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre O960

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, O960 (MUERTE POR CAUSA OBSTETRICA DIRECTA QUE OCURRE DESPUES DE 42 DIAS PERO ANTES DE UN AÑO DEL PARTO) corresponde a JB61.0 (Muerte por causa obstétrica directa que ocurre más de 42 días, pero menos de un año después del parto.) en la CIE-11. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno.

Según el catálogo de referencia de SISPRO, O960 aplica para femenino y la edad válida del paciente es 10 a 54 años. Reportarlo fuera de ese rango no impide radicar la factura: hoy la validación de sexo y edad genera una notificación, no un rechazo. El Ministerio advirtió que las notificaciones pasarán a ser reglas de rechazo, así que conviene dejar el sustento clínico en la historia.

En el formato RIPS de Colombia el código se reporta sin punto (O960); la notación internacional lo escribe con punto decimal: O96.0. Son el mismo diagnóstico.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024, con una transición de codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición la CIE-10 sigue siendo válida para el reporte; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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