P585

ICTERICIA NEONATAL DEBIDA A DEGLUCION DE SANGRE MATERNA

Diagnóstico CIE-10 del catálogo de referencia de SISPRO, vigente para el reporte de RIPS en Colombia.

Ficha técnica

Notación internacional
P58.5
P585
Sexo
Ambos sexos
A
Edad válida (RIPS)
Menores de 1 año
0–0

Definición oficial del equivalente CIE-11 (OMS)

La CIE-10 no tiene definiciones oficiales. Este es el texto oficial en español de su equivalente en la CIE-11, KA87.0Hiperbilirrubinemia neonatal por deglución de sangre materna:

Condición que se caracteriza por un incremento de la concentración de bilirrubina, que se ubica por encima de 85 µmol/l (5mg/dl). Se manifiesta como ictericia conjuntival, de la piel y de otros tejidos de un recién nacido debida al consumo de sangre de la madre por parte del recién nacido.

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1857068994.

Fuente: tabla de referencia CIE10 de SISPRO — Ministerio de Salud y Protección Social, actualizada al 21 de mayo de 2026. Información de referencia: para efectos de reporte y facturación, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre P585

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, P585 (ICTERICIA NEONATAL DEBIDA A DEGLUCION DE SANGRE MATERNA) corresponde a KA87.0 (Hiperbilirrubinemia neonatal por deglución de sangre materna) en la CIE-11. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno.

Según el catálogo de referencia de SISPRO, P585 aplica para ambos sexos y solo es válido en menores de 1 año. Reportarlo fuera de ese rango no impide radicar la factura: hoy la validación de sexo y edad genera una notificación, no un rechazo. El Ministerio advirtió que las notificaciones pasarán a ser reglas de rechazo, así que conviene dejar el sustento clínico en la historia.

En el formato RIPS de Colombia el código se reporta sin punto (P585); la notación internacional lo escribe con punto decimal: P58.5. Son el mismo diagnóstico.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024, con una transición de codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición la CIE-10 sigue siendo válida para el reporte; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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