U070

TRASTORNO RELACIONADO CON EL VAPEO

Diagnóstico CIE-10 del catálogo de referencia de SISPRO, vigente para el reporte de RIPS en Colombia.

Ficha técnica

Notación internacional
U07.0
U070
Sexo
Ambos sexos
A
Edad válida (RIPS)
Sin restricción de edad
0–999
Equivalencia CIE-11 (mapa OMS)
RA00.0 · Trastorno relacionado con el vapeo
RA00.0

Definición oficial del equivalente CIE-11 (OMS)

La CIE-10 no tiene definiciones oficiales. Este es el texto oficial en español de su equivalente en la CIE-11, RA00.0Trastorno relacionado con el vapeo:

Trastorno que resulta de la inhalación de una solución vaporizada (aerosol) que con frecuencia contiene aromatizantes, generalmente disueltos en propilenglicol o glicerina, o ambos, y puede contener o no dosis de nicotina y otras sustancias y aditivos con el uso de sistemas electrónicos de administración de nicotina ( ENDS) o sistemas electrónicos de administración sin nicotina (ENNDS). En el individuo afectado, las infecciones como causa del daño son poco probables o deberían haberse excluido. Los hallazgos relevantes incluyen prueba de presencia de infiltrado pulmonar, como opacidades, en la radiografía simple de tórax o opacidades en vidrio deslustrado en la tomografía computarizada (TC) de tórax.

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1880731274.

Fuente: tabla de referencia CIE10 de SISPRO — Ministerio de Salud y Protección Social, actualizada al 21 de mayo de 2026. Información de referencia: para efectos de reporte y facturación, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre U070

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, U070 (TRASTORNO RELACIONADO CON EL VAPEO) corresponde a RA00.0 (Trastorno relacionado con el vapeo) en la CIE-11. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno.

Según el catálogo de referencia de SISPRO, U070 aplica para ambos sexos sin restricción de edad. Reportarlo fuera de ese rango no impide radicar la factura: hoy la validación de sexo y edad genera una notificación, no un rechazo. El Ministerio advirtió que las notificaciones pasarán a ser reglas de rechazo, así que conviene dejar el sustento clínico en la historia.

En el formato RIPS de Colombia el código se reporta sin punto (U070); la notación internacional lo escribe con punto decimal: U07.0. Son el mismo diagnóstico.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024, con una transición de codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición la CIE-10 sigue siendo válida para el reporte; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

Menos códigos que buscar, más consulta.

Cliini escucha tu consulta y entrega la nota estructurada con códigos CIE-10 sugeridos, récipe e indicaciones — lista para tu historia clínica.