Categoría CIE-10
X77 · Lesion autoinflingida intencionalmente por vapor de agua, vapores y objetos calientes
Descripción oficial (SISPRO): LESION AUTOINFLINGIDA INTENCIONALMENTE POR VAPOR DE AGUA, VAPORES Y OBJETOS CALIENTES
Categoría de la CIE-10 que agrupa 10 códigos de cuatro caracteres. Pertenece al capítulo XX · Causas externas de morbilidad y de mortalidad.
Para reportar en RIPS (Colombia) no se usa la categoría X77: se elige uno de sus 10 códigos de cuatro caracteres, que en el reporte van sin punto. Repetir el diagnóstico principal en un diagnóstico relacionado hace rechazar la factura, así que si registras varios, que sean distintos. Fuera de Colombia la CIE-10 es la misma clasificación de la OMS; lo que cambia es el formato de reporte de cada país.
Códigos de X77
- X77.0Lesion autoinfligida intencionalmente por vapor de agua, vapores y objetos calientes, vivienda
- X77.1Lesion autoinfligida intencionalmente por vapor de agua, vapores y objetos calientes, institucion residencial
- X77.2Lesion autoinfligida intencionalmente por vapor de agua, vapores y objetos calientes, escuelas, otras instituciones y areas administrativas publicas
- X77.3Lesion autoinfligida intencionalmente por vapor de agua, vapores y objetos calientes, areas de deporte y atletismo
- X77.4Lesion autoinfligida intencionalmente por vapor de agua, vapores y objetos calientes, calles y carreteras
- X77.5Lesion autoinfligida intencionalmente por vapor de agua, vapores y objetos calientes, comercio y area de servicios
- X77.6Lesion autoinfligida intencionalmente por vapor de agua, vapores y objetos calientes, area industrial y de la construccion
- X77.7Lesion autoinfligida intencionalmente por vapor de agua, vapores y objetos calientes, granja
- X77.8Lesion autoinfligida intencionalmente por vapor de agua, vapores y objetos calientes, otro lugar especificado
- X77.9Lesion autoinfligida intencionalmente por vapor de agua, vapores y objetos calientes, lugar no especificado
Preguntas frecuentes
La categoría X77 (LESION AUTOINFLINGIDA INTENCIONALMENTE POR VAPOR DE AGUA, VAPORES Y OBJETOS CALIENTES) agrupa 10 códigos de cuatro caracteres: X77.0 (Lesion autoinfligida intencionalmente por vapor de agua, vapores y objetos calientes, vivienda), X77.1 (Lesion autoinfligida intencionalmente por vapor de agua, vapores y objetos calientes, institucion residencial), X77.2 (Lesion autoinfligida intencionalmente por vapor de agua, vapores y objetos calientes, escuelas, otras instituciones y areas administrativas publicas), X77.3 (Lesion autoinfligida intencionalmente por vapor de agua, vapores y objetos calientes, areas de deporte y atletismo), X77.4 (Lesion autoinfligida intencionalmente por vapor de agua, vapores y objetos calientes, calles y carreteras), X77.5 (Lesion autoinfligida intencionalmente por vapor de agua, vapores y objetos calientes, comercio y area de servicios), X77.6 (Lesion autoinfligida intencionalmente por vapor de agua, vapores y objetos calientes, area industrial y de la construccion), X77.7 (Lesion autoinfligida intencionalmente por vapor de agua, vapores y objetos calientes, granja), X77.8 (Lesion autoinfligida intencionalmente por vapor de agua, vapores y objetos calientes, otro lugar especificado), X77.9 (Lesion autoinfligida intencionalmente por vapor de agua, vapores y objetos calientes, lugar no especificado). Cada uno tiene su propia ficha con la equivalencia CIE-11 y las validaciones de sexo y edad del catálogo del SISPRO.
No. El catálogo de referencia del SISPRO solo contiene códigos de cuatro caracteres, así que en RIPS se reporta uno de los 10 códigos de la categoría —el que corresponda a la documentación del caso— y no la categoría X77. La categoría sirve para ubicar el diagnóstico dentro de la clasificación.
X77 pertenece al capítulo XX · Causas externas de morbilidad y de mortalidad. En el índice del capítulo están todas sus categorías y códigos, agrupados como los publica el catálogo del SISPRO.
Fuente: tabla de referencia CIE10 de SISPRO — Ministerio de Salud y Protección Social, actualizada al 21 de mayo de 2026. Información de referencia: para efectos de reporte y facturación, verifica siempre la normativa vigente.
El código, mientras hablas con el paciente.
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