1E50.3

Hepatitis D aguda

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Lesión aguda e inflamación del hígado causada por una infección reciente y de corto plazo (menos de 6 meses) con el virus de la hepatitis D (VHD). La transmisión solo ocurre en personas con infección crónica por VHD (superinfección) o al mismo tiempo que la hepatitis B aguda (coinfección), y se debe a la contaminación de sangre y fluidos corporales (diseminación parenteral) y propagación sexual. El diagnóstico se confirma con suero IgM-anti-VHD. Las manifestaciones clínicas, si ocurren, se caracterizan por anorexia, náuseas y fiebre, con ictericia en casos graves. La insuficiencia hepática aguda ocurre en algunos casos, y una alta proporción de casos desarrolla una infección crónica por VHD.
También se encuentra como
hepatitis aguda por VHD · hepatitis aguda de tipo D · hepatitis viral aguda de tipo D · hepatitis delta aguda · hepatitis vírica aguda de tipo D · Acute hepatitis D, through super-infection of hepatitis B carrier [No translation available]

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1060335896.

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre 1E50.3

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 1E50.3 (Hepatitis D aguda) corresponde a B170 (INFECCION (SUPERINFECCION) AGUDA POR AGENTE DELTA EN LA HEPATITIS B CRONICA) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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