1F05.3

Enfermedad de pie y boca

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Infección poco frecuente en los seres humanos causada por el virus de la glosopeda (género Aphthovirus), infección epidémica sumamente contagiosa del ganado, en particular el bovino. En los seres humanos produce una fiebre prodrómica seguida de vesículas y úlceras de la mucosa bucal y los labios. A veces aparecen también vesículas en los dedos, las palmas de las manos y las plantas de los pies.
Exclusiones (codifícalas aparte)
Enfermedad de manos, pies y boca 1F05.0
También se encuentra como
fiebre aftosa · Glosopeda · afta epizootica · estomatitis epizoótica · cuarta enfermedad · enfermedad de úlceras orales y de pies · estomatitis epidérmica · herpangina

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1008730501.

Ficha técnica

Bloque
Infecciones virales caracterizadas por lesiones cutáneas o mucosas
BlockL1-1E7

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre 1F05.3

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 1F05.3 (Enfermedad de pie y boca) corresponde a B088 (OTRAS INFECCIONES VIRALES ESPECIFICADAS, CARACTERIZADAS POR LESIONES DE LA PIEL Y DE LAS MEMBRANAS MUCOSAS) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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