1F2D

Dermatomicosis superficiales no dermatofíticas

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Cualquier enfermedad de la piel y las mucosas causada por una infección por hongos que no pertenezcan al género Candida ni sean dermatofitos.
Exclusiones (codifícalas aparte)
Candidiasis 1F23 · Dermatofitosis 1F28

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/532698403.

Ficha técnica

Bloque
Micosis
BlockL1-1F2

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre 1F2D

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 1F2D (Dermatomicosis superficiales no dermatofíticas) corresponde a B369 (MICOSIS SUPERFICIAL, SIN OTRA ESPECIFICACION) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

1F2D tiene 8 subdivisiones en la linealización MMS: 1F2D.0 (Pitiriasis versicolor), 1F2D.1 (Foliculitis por Malassezia), 1F2D.2 (Piedra blanca), 1F2D.3 (Piedra negra), 1F2D.4 (Tiña negra), 1F2D.5 (Onicomicosis por hongos no dermatofíticos), 1F2D.Y (Otras dermatomicosis superficiales no dermatofíticas especificadas), 1F2D.Z (Dermatomicosis superficiales no dermatofíticas, sin especificación). Si la historia clínica lo permite, usa el código más específico.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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