2A44

Enfermedad mielodisplásica y mieloproliferativa, no clasificable

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

En esta entidad diagnóstica se incluyen las neoplasias con características clínicas, de laboratorio y morfológicas que respaldan el diagnóstico tanto de un síndrome mielodisplásico como de una neoplasia meiloproliferativa, pero que no reúnen los criterios correspondientes a ninguna de las otras entidades diagnósticas en la categoría de las neoplasias mielodisplásicas o mieloproliferativas.
También se encuentra como
enfermedad mielodisplásica y mieloproliferativa, no clasificada en otra parte, sin mención de remisión · enfermedad mielodisplásica, no clasificable · enfermedad mieloproliferativa, no clasificable · Enfermedad mielodisplásica y mieloproliferativa, no clasificable, en remisión completa

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/855969668.

Ficha técnica

Capítulo
02 · Neoplasias
02
Bloque
Neoplasias mielodisplásicas y mieloproliferativas
BlockL2-2A4
Postcoordinación
Manifestación — códigos de extensión unidos con «&»
1

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre 2A44

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 2A44 (Enfermedad mielodisplásica y mieloproliferativa, no clasificable) corresponde a C946 (ENFERMEDAD MIELODISPLÁSICA Y MIELOPROLIFERATIVA, NO CLASIFICADA EN OTRA PARTE) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

La CIE-11 permite precisar opcionalmente manifestación. La postcoordinación se escribe uniendo los códigos con «&» (código base & extensión).

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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