2A83.52

Enfermedad por depósito de cadena ligera

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Nefropatía causada por la proliferación y el depósito de segmentos truncados o anormales de las cadenas pesadas α, γ, δ o μ de las inmunoglobulinas de los leucocitos. Se caracteriza por depósitos fibrilares o granulares en los tejidos y disfunción renal, que puede desembocar en insuficiencia. El diagnóstico de confirmación es por detección de los depósitos de cadenas ligeras en la biopsia mediante inmunofluorescencia al microscopio.
Exclusiones (codifícalas aparte)
Inmunodeficiencias con deficiencias isotípicas o de cadenas ligeras y cifra normal de linfocitos B 4A01.04
También se encuentra como
enfermedad sistémica de cadena ligera · enfermedad generalizada de cadena ligera · amiloidosis AL (de cadena ligera)

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1612001446.

Ficha técnica

Capítulo
02 · Neoplasias
02
Bloque
Neoplasias de células B maduras
BlockL2-2A8
Postcoordinación
Manifestación — códigos de extensión unidos con «&»
1

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre 2A83.52

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 2A83.52 (Enfermedad por depósito de cadena ligera) corresponde a D477 (OTROS TUMORES ESPECIFICADOS DE COMPORTAMIENTO INCIERTO O DESCONOCIDO DEL TEJIDO LINFATICO, DE LOS ORGANOS HEMATOPOYETICOS Y DE TEJIDOS AFINES) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

La CIE-11 permite precisar opcionalmente manifestación. La postcoordinación se escribe uniendo los códigos con «&» (código base & extensión).

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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