Púrpura no trombocitopénica
Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.
Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)
Término descriptivo para cualquier púrpura causada por factores determinantes distintos de una disminución del número de plaquetas (trombocitos). Únicamente debe usarse este código cuando no se disponga de un diagnóstico más preciso.
- Exclusiones (codifícalas aparte)
- Vasculitis asociada a ANCA 4A44.A · Síndrome antifosfolipídico 4A45 · Vasculitis por inmunocomplejos asociada a medicamentos 4A85.03 · Vasculitis de vasos pequeños por inmunocomplejos 4A44.9 · Vasculitis leucocitoclástica 4A44.B · Púrpura o hematomas por fragilidad vascular EE40.32 · Púrpura trombocitopénica trombótica 3B64.14 · Púrpuras o hematomas traumáticos EF31
Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1895608758.
Ficha técnica
- Bloque
- Defectos de coagulación, púrpura u otras enfermedades hemorrágicas o afecciones relacionadas
- BlockL1-3B1
Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.
Preguntas frecuentes sobre 3B60
Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 3B60 (Púrpura no trombocitopénica) corresponde a D692 (OTRAS PURPURAS NO TROMBOCITOPENICAS) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.
3B60 tiene 2 subdivisiones en la linealización MMS: 3B60.0 (Púrpura vascular hereditaria), 3B60.1 (Púrpura vascular adquirida). Si la historia clínica lo permite, usa el código más específico.
Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.
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