Trastorno por hiperactividad y déficit de la atención, predominantemente con presentación hiperactiva e impulsiva
Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.
Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)
Se cumplen todos los requisitos de la definición para el trastorno por hiperactividad y déficit de atención, y los síntomas de hiperactividad e impulsividad son predominantes en la presentación clínica. La hiperactividad se refiere al exceso de actividad motora y dificultades para permanecer inmóvil, más evidentes en situaciones estructuradas que requieren de un comportamiento de autocontrol. La impulsividad es una tendencia a actuar en respuesta a los estímulos inmediatos, sin reflexión o consideración de los riesgos y consecuencias. También pueden presentarse algunos síntomas de falta de atención, pero estos no son clínicamente significativos en relación con los síntomas hiperactivos e impulsivos.
Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/209556851.
Ficha técnica
- Bloque
- Trastornos del neurodesarrollo
- BlockL1-6A0
- Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
- Sin equivalencia directa
- ·
Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.
Preguntas frecuentes sobre 6A05.1
El mapa oficial de la OMS no define una equivalencia CIE-10 directa para 6A05.1 (Trastorno por hiperactividad y déficit de la atención, predominantemente con presentación hiperactiva e impulsiva). En la transición, codifica en CIE-10 con el código clínicamente más cercano según tu criterio y la documentación del caso.
Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.
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