6A60.F

Trastorno bipolar de tipo I, actualmente en remisión total

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

El trastorno bipolar de tipo I que actualmente está en remisión total se diagnostica cuando se cumplieron los requisitos de definición del trastorno bipolar de tipo I en el pasado, pero ya no hay síntomas del estado de ánimo significativos.
También se encuentra como
remisión del trastorno afectivo bipolar · trastorno afectivo bipolar, actualmente en remisión

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/15761418.

Ficha técnica

Bloque
Trastornos bipolares u otros trastornos relacionados
BlockL2-6A6
Postcoordinación
Manifestación — códigos de extensión unidos con «&»
1

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre 6A60.F

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 6A60.F (Trastorno bipolar de tipo I, actualmente en remisión total) corresponde a F317 (TRASTORNO AFECTIVO BIPOLAR, ACTUALMENTE EN REMISION) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

La CIE-11 permite precisar opcionalmente manifestación. La postcoordinación se escribe uniendo los códigos con «&» (código base & extensión).

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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