6A70.0

Trastorno depresivo de episodio único, leve

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

El trastorno depresivo de episodio único, leve, se diagnostica cuando se cumplen los requisitos de definición de un episodio depresivo y el episodio es de gravedad leve. Un episodio depresivo se caracteriza por un período de estado de ánimo depresivo o disminución del interés en las actividades que ocurren la mayor parte del día, casi todos los días durante un período que dura al menos dos semanas acompañado de otros síntomas como dificultad para concentrarse, sentimientos de inutilidad o culpa excesiva o inapropiada, desesperanza, pensamientos recurrentes de muerte o suicidio, cambios en el apetito o el sueño, agitación o retraso psicomotor y disminución de la energía o fatiga. En un episodio depresivo leve, el individuo suele estar angustiado por los síntomas y tiene alguna dificultad para continuar funcionando en uno o más dominios (personal, familiar, social, educativo, ocupacional u otros dominios importantes). No hay delirios ni alucinaciones durante el episodio.
También se encuentra como
Trastorno de depresión mayor leve, episodio único · Trastorno depresivo mayor, episodio único, grado leve · Trastorno depresivo de episodio único, leve, con síntomas prominentes de ansiedad · Trastorno depresivo de episodio único, leve, con melancolía · Trastorno depresivo de episodio único, leve, con patrón estacional · Trastorno depresivo de episodio único, leve, episodio actual perinatal · Trastorno depresivo de un solo episodio, leve, episodio actual perinatal · Trastorno depresivo de episodio único, leve, con síntomas prominentes de ansiedad y melancolía · Trastorno depresivo de episodio único, leve, con síntomas prominentes de ansiedad y patrón estacional · Trastorno depresivo de episodio único, leve, con síntomas prominentes de ansiedad, episodio actual perinatal · Trastorno depresivo de episodio único, leve, con melancolía y patrón estacional · Trastorno depresivo de episodio único, leve, con melancolía, episodio actual perinatal · Trastorno depresivo de episodio único, leve, con patrón estacional, episodio actual perinatal · Trastorno depresivo de episodio único, leve, con síntomas prominentes de ansiedad, melancolía y patrón estacional · Trastorno depresivo de episodio único, leve, con prominentes síntomas de ansiedad, melancolía y episodio actual perinatal · Trastorno depresivo de episodio único, leve, con síntomas prominentes de ansiedad y patrón estacional, episodio actual perinatal · Trastorno depresivo de episodio único, leve, con melancolía y patrón estacional, episodio actual perinatal · Trastorno depresivo de episodio único, leve, con síntomas prominentes de ansiedad, melancolía y patrón estacional, episodio actual perinatal

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1922675618.

Ficha técnica

Bloque
Trastornos depresivos
BlockL2-6A7
Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
F320 · EPISODIO DEPRESIVO LEVE
F320
Postcoordinación
Manifestación — códigos de extensión unidos con «&»
1

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre 6A70.0

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 6A70.0 (Trastorno depresivo de episodio único, leve) corresponde a F320 (EPISODIO DEPRESIVO LEVE) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

La CIE-11 permite precisar opcionalmente manifestación. La postcoordinación se escribe uniendo los códigos con «&» (código base & extensión).

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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