Trastorno de referencia olfativa con una introspección de regular a buena
Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.
Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)
Se cumplen todos los requisitos de la definición del trastorno de referencia olfativa. Gran parte del tiempo, el individuo es capaz de entretener la posibilidad de que sus creencias específicas por el trastorno pueden no ser ciertas y está dispuesto a aceptar una explicación alternativa para su experiencia. En ocasiones circunscritas (por ejemplo, cuando está muy ansioso), el individuo puede no demostrar ninguna introspección.
Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1880326300.
Ficha técnica
- Bloque
- Trastornos obsesivo-compulsivos y otros trastornos relacionados
- BlockL1-6B2
- Postcoordinación
- Asociado con — códigos de extensión unidos con «&»
- 1
Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.
Preguntas frecuentes sobre 6B22.0
Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 6B22.0 (Trastorno de referencia olfativa con una introspección de regular a buena) corresponde a F428 (OTROS TRASTORNOS OBSESIVO-COMPULSIVOS) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.
La CIE-11 permite precisar opcionalmente asociado con. La postcoordinación se escribe uniendo los códigos con «&» (código base & extensión).
Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.
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