6C42.5

Delirium inducido por el uso de canabinoides sintéticos

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

El delirium inducido por el uso de canabinoides sintéticos se caracteriza por un estado agudo de alteración de la atención y conciencia con características específicas de delirio durante y poco después de la intoxicación por canabinoides sintéticos. La cantidad o duración del uso de canabinoides sintéticos deben ser suficientes para producir delirio. Los síntomas no se explican mejor por otro trastorno mental primario o por el uso o abstinencia de otra sustancia, ni por otra enfermedad que no esté clasificada como un trastorno mental, del comportamiento o del neurodesarrollo.
También se encuentra como
Delirium inducido por el consumo de canabinoides sintéticos

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/138091123.

Ficha técnica

Bloque
Trastornos debidos al uso de sustancias
BlockL2-6C4
Postcoordinación
Asociado con · Afección causante (obligatoria) — códigos de extensión unidos con «&»
2

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre 6C42.5

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 6C42.5 (Delirium inducido por el uso de canabinoides sintéticos) corresponde a F124 (TRASTORNOS MENTALES Y DEL COMPORTAMIENTO DEBIDOS AL USO DE CANNABINOIDES, ESTADO DE ABSTINENCIA CON DELIRIO) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

La CIE-11 REQUIERE postcoordinar afección causante en este código, y permite precisar opcionalmente asociado con. La postcoordinación se escribe uniendo los códigos con «&» (código base & extensión).

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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