Patrón nocivo de uso de opioides
Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.
Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)
Se trata de un patrón de uso de opioides que ha causado daños a la salud física o mental de una persona, o bien ha provocado un comportamiento que ha llevado a daño a la salud de otras personas. El patrón de uso de opioides es evidente durante un período de al menos 12 meses si el consumo es episódico o de al menos un mes si el consumo es continuo (es decir, a diario o casi a diario). El daño a la salud de la persona ocurre debido a una o varias de las siguientes posibilidades: 1) comportamiento relacionado con la intoxicación; 2) efectos tóxicos directos o secundarios en los órganos o sistemas del cuerpo; 3) vía perjudicial de administración. El daño a la salud de terceros incluye toda forma de daño físico, como los traumatismos, o de trastorno mental que pueda atribuirse directamente al comportamiento debido a la intoxicación por opioides de la persona a la cual se aplica el diagnóstico de patrón nocivo de uso de opioides.
Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/912365674.
Ficha técnica
- Bloque
- Trastornos debidos al uso de sustancias
- BlockL2-6C4
- Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
- F111 · TRASTORNOS MENTALES Y DEL COMPORTAMIENTO DEBIDOS AL USO DE OPIACEOS, USO NOCIVO
- F111
- Postcoordinación
- Manifestación · Asociado con — códigos de extensión unidos con «&»
- 2
Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.
Preguntas frecuentes sobre 6C43.1
Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 6C43.1 (Patrón nocivo de uso de opioides) corresponde a F111 (TRASTORNOS MENTALES Y DEL COMPORTAMIENTO DEBIDOS AL USO DE OPIACEOS, USO NOCIVO) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.
La CIE-11 permite precisar opcionalmente manifestación y asociado con. La postcoordinación se escribe uniendo los códigos con «&» (código base & extensión).
Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.
Códigos relacionados
- 6C43Trastornos debidos al uso de opioides
- 6C43.0Episodio de uso nocivo de opioides
- 6C43.10Patrón nocivo de uso de opioides, episódico
- 6C43.11Patrón nocivo de uso de opioides, continuo
- 6C43.1ZPatrón nocivo de uso de opioides, sin especificación
- 6C43.2Dependencia de los opioides
- 6C43.20Dependencia de los opioides, uso actual
- 6C43.21Dependencia de los opioides, remisión completa temprana
- 6C43.22Dependencia de los opioides, remisión parcial prolongada
- 6C43.23Dependencia de los opioides, remisión completa prolongada
- 6C43.2ZDependencia de los opioides, sin especificación
- 6C43.3Intoxicación por opioides
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