Desapego en los trastornos o dificultades de la personalidad
Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.
Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)
La característica principal del dominio del rasgo de desapego es la tendencia a mantener una distancia interpersonal (distanciamiento social) y emocional (distanciamiento emocional). Las manifestaciones comunes de desapego, que no se presentan necesariamente todas en un individuo en un momento dado, incluyen: desapego social (evitar interacciones sociales, falta de amistades y evitar la intimidad); y el desapego emocional (reserva, aislamiento, y expresión y experiencia emocionales limitadas).
Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/919081088.
Ficha técnica
- Bloque
- Trastornos de la personalidad y rasgos relacionados
- BlockL1-6D1
- Postcoordinación
- Afección causante (obligatoria) — códigos de extensión unidos con «&»
- 1
Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.
Preguntas frecuentes sobre 6D11.1
Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 6D11.1 (Desapego en los trastornos o dificultades de la personalidad) corresponde a F608 (OTROS TRASTORNOS ESPECIFICOS DE LA PERSONALIDAD) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.
La CIE-11 REQUIERE postcoordinar afección causante en este código. La postcoordinación se escribe uniendo los códigos con «&» (código base & extensión).
Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.
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