6D84.2

Demencia por uso de inhalantes volátiles

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

La demencia debida al uso de inhalantes volátiles se caracteriza por el desarrollo de deficiencias cognitivas persistentes (p. ej., problemas de memoria, impedimentos del lenguaje e incapacidad para realizar tareas motoras complejas) que cumplen los requisitos de definición de la demencia y se consideran una consecuencia directa del uso o la exposición a sustancias inhaladas y que persisten más allá de la duración habitual del uso o del síndrome de abstinencia asociado con la sustancia. La cantidad y la duración del uso de inhalantes o la exposición deben ser suficientes para poder producir el deterioro cognitivo. El deterioro cognitivo no se explica mejor por un trastorno que no sea inducido por inhalantes volátiles como una demencia debida a otra afección médica.
También se encuentra como
demencia por inhalantes · demencia por solventes volátiles

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/694002628.

Ficha técnica

Bloque
Demencia
BlockL2-6D8
Postcoordinación
Gravedad · Afección causante (obligatoria) — códigos de extensión unidos con «&»
2

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre 6D84.2

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 6D84.2 (Demencia por uso de inhalantes volátiles) corresponde a F028 (DEMENCIA EN OTRAS ENFERMEDADES ESPECIFICADAS CLASIFICADAS EN OTRA PARTE) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

La CIE-11 REQUIERE postcoordinar afección causante en este código, y permite precisar opcionalmente gravedad. La postcoordinación se escribe uniendo los códigos con «&» (código base & extensión).

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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