6E60

Síndrome secundario del neurodesarrollo

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Es un síndrome que involucra características significativas del neurodesarrollo que no cumplen con los requisitos diagnósticos de ninguno de los trastornos específicos del neurodesarrollo y que se considera una consecuencia fisiopatológica directa de una condición de salud no clasificada en los trastornos mentales y del comportamiento (por ej., características autistas en el síndrome de Rett; agresión y automutilación en el síndrome de Lesch-Nyhan, anomalías en el desarrollo del lenguaje en el síndrome de Williams), sobre la base de la evidencia de los antecedentes, el examen físico o los resultados de laboratorio. Esta categoría debe usarse además del diagnóstico para el presunto trastorno o enfermedad subyacente cuando los problemas del neurodesarrollo son lo suficientemente graves como para requerir atención clínica específica.
Exclusiones (codifícalas aparte)
Trastorno del espectro autista 6A02 · Trastornos del desarrollo intelectual 6A00 · Trastorno por movimientos estereotipados 6A06

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/255980141.

Ficha técnica

Bloque
Síndromes secundarios mentales o del comportamiento asociados con enfermedades o trastornos clasificados en otra parte
BlockL1-6E6
Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
F06
F06X
Postcoordinación
Afección causante (obligatoria) — códigos de extensión unidos con «&»
1

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre 6E60

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 6E60 (Síndrome secundario del neurodesarrollo) corresponde a F06X en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

6E60 tiene 3 subdivisiones en la linealización MMS: 6E60.0 (Síndrome secundario del habla o lenguaje), 6E60.Y (Otro síndrome secundario del neurodesarrollo especificado), 6E60.Z (Síndrome secundario del neurodesarrollo, sin especificación). Si la historia clínica lo permite, usa el código más específico.

La CIE-11 REQUIERE postcoordinar afección causante en este código. La postcoordinación se escribe uniendo los códigos con «&» (código base & extensión).

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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