Epilepsia debida a las lesiones vasculares prenatales o perinatales
Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.
Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)
La epilepsia ocurre en el contexto de un accidente cerebrovascular hemorrágico o isquémico, cuando ocurre o se sospecha que se produzca antes del nacimiento [prenatal] o entre las 22 semanas de gestación y 7 días después del nacimiento [perinatal]. No hay otras condiciones presentes asociadas con un riesgo significativamente mayor de desarrollar epilepsia. El inicio de la epilepsia puede ser en la infancia, la niñez o la edad adulta.
- También se encuentra como
- Epilepsia debida a las agresiones vasculares prenatales o perinatales · Epilepsia debida a accidente cerebrovascular isquémico prenatal o perinatal · Epilepsia debida a evento vascular cerebral isquémico prenatal o perinatal · Epilepsia debida a hemorragia intraventricular o periventricular
Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/179860715.
Ficha técnica
- Bloque
- Epilepsia o convulsiones
- BlockL1-8A6
- Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
- G40
- G40X
- Postcoordinación
- Manifestación · Afección causante (obligatoria) — códigos de extensión unidos con «&»
- 2
Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.
Preguntas frecuentes sobre 8A60.00
Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 8A60.00 (Epilepsia debida a las lesiones vasculares prenatales o perinatales) corresponde a G40X en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.
La CIE-11 REQUIERE postcoordinar afección causante en este código, y permite precisar opcionalmente manifestación. La postcoordinación se escribe uniendo los códigos con «&» (código base & extensión).
Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.
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