8A80

Migraña

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Trastorno caracterizado por cefalea primaria, en la mayor parte de los casos episódica. Los ataques son incapacitantes, duran de 4 a 72 horas y se caracterizan por cefalea moderada o grave, por lo general acompañada de náuseas, vómitos y fotofobia y, a veces, precedida de un aura breve de síntomas centrales unilaterales y completamente reversibles de carácter visual, sensorial o de otro tipo. En una pequeña fracción de los casos, las cefaleas —aunque no necesariamente los síntomas que la acompañan— se tornan muy frecuentes y pierden su carácter episódico.
Exclusiones (codifícalas aparte)
Cefalea, no clasificada en otra parte MB4D

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/669367341.

Ficha técnica

Bloque
Trastornos de cefalea
BlockL1-8A8
Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
G43
G43X
Postcoordinación
Asociado con — códigos de extensión unidos con «&»
1

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre 8A80

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 8A80 (Migraña) corresponde a G43X en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

8A80 tiene 7 subdivisiones en la linealización MMS: 8A80.0 (Migraña sin aura), 8A80.1 (Migraña con aura), 8A80.2 (Migraña crónica), 8A80.3 (Complicaciones relacionadas con la migraña), 8A80.4 (Síndrome de vómitos cíclicos), 8A80.Y (Otra migraña especificada), 8A80.Z (Migraña, sin especificación). Si la historia clínica lo permite, usa el código más específico.

La CIE-11 permite precisar opcionalmente asociado con. La postcoordinación se escribe uniendo los códigos con «&» (código base & extensión).

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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