8A81

Cefalea tensional

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Trastorno primario, muy frecuente, que se caracteriza por cefaleas, en la mayor parte de los casos episódicas. Los ataques varían mucho en frecuencia y duración; suelen ser de leves a moderados sin otros síntomas, aunque puede haber sensibilidad pericraneal. En una fracción pequeña de los casos la enfermedad evoluciona y las cefaleas se tornan cada vez más frecuentes y a veces pierden su carácter episódico.
Exclusiones (codifícalas aparte)
Nueva cefalea diaria persistente 8A83

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1410019257.

Ficha técnica

Bloque
Trastornos de cefalea
BlockL1-8A8
Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
G44
G44X

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre 8A81

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 8A81 (Cefalea tensional) corresponde a G44X en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

8A81 tiene 5 subdivisiones en la linealización MMS: 8A81.0 (Cefalea tensional episódica infrecuente), 8A81.1 (Cefalea tensional episódica frecuente), 8A81.2 (Cefalea tensional crónica), 8A81.Y (Otra cefalea tensional especificada), 8A81.Z (Cefalea tensional, sin especificación). Si la historia clínica lo permite, usa el código más específico.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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