8B25.Z

Efectos tardíos de la enfermedad cerebrovascular, sin especificación

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Contenido oficial de la OMS (CIE-11 en español)

También se encuentra como
Efectos tardíos de la enfermedad cerebrovascular · secuelas de enfermedad cerebrovascular · efectos tardíos de un accidente cerebrovascular · secuelas de enfermedad vascular cerebral · efectos tardíos de enfermedad vascular cerebral aguda · secuelas de evento vascular cerebral · secuelas de accidente vascular cerebral

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/982373217/unspecified.

Ficha técnica

Bloque
Enfermedades cerebrovasculares
BlockL1-8B0
Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
I69
I69X
Postcoordinación
Manifestación — códigos de extensión unidos con «&»
1

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre 8B25.Z

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 8B25.Z (Efectos tardíos de la enfermedad cerebrovascular, sin especificación) corresponde a I69X en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

La CIE-11 permite precisar opcionalmente manifestación. La postcoordinación se escribe uniendo los códigos con «&» (código base & extensión).

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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