Trastornos del nervio trigémino, sin especificación
Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.
Contenido oficial de la OMS (CIE-11 en español)
- También se encuentra como
- Trastornos del nervio trigémino · trastornos del quinto par craneal · trastornos del 5º par craneal · trastornos del trigémino · afecciones del nervio trigémino · trastornos del quinto nervio craneal · trastornos del quinto par craneano · Lesión del ganglio de Gasser · Neuropatía trigeminal idiopática · Neuropatía trigeminal secundaria, no clasificada en otra parte · Hiperhidrosis gustativa · Síndrome de Frey · Síndrome auriculotemporal · Síndrome deBaillarger · Trastorno secundario del nervio trigémino · Otro trastorno del nervio trigémino en otras enfermedades clasificadas en otra parte · Otro trastorno del 5º nervio craneal en otras enfermedades clasificadas en otra parte
Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/76391627/unspecified.
Ficha técnica
- Bloque
- Trastornos de los nervios craneales
- BlockL2-8B8
- Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
- G50
- G50X
Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.
Preguntas frecuentes sobre 8B82.Z
Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 8B82.Z (Trastornos del nervio trigémino, sin especificación) corresponde a G50X en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.
Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.
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