9C81

Parálisis del nervio motor ocular

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Contenido oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Exclusiones (codifícalas aparte)
Oftalmoplejia interna 9D01.0 · Oftalmoplejia internuclear 9C83.5 · oftalmoplejia supranuclear progresiva 8A00.10

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1979741228.

Ficha técnica

Bloque
Estrabismo o trastornos de la movilidad ocular
BlockL1-9C8
Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
H49
H49X
Postcoordinación
Lateralidad — códigos de extensión unidos con «&»
1

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre 9C81

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 9C81 (Parálisis del nervio motor ocular) corresponde a H49X en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

9C81 tiene 7 subdivisiones en la linealización MMS: 9C81.0 (Parálisis del tercer par), 9C81.1 (Parálisis del cuarto par), 9C81.2 (Parálisis del sexto par), 9C81.3 (Oftalmoplejia externa total), 9C81.4 (Síndrome del seno cavernoso), 9C81.Y (Otras parálisis del nervio motor ocular especificadas), 9C81.Z (Parálisis del nervio motor ocular, sin especificación). Si la historia clínica lo permite, usa el código más específico.

La CIE-11 permite precisar opcionalmente lateralidad. La postcoordinación se escribe uniendo los códigos con «&» (código base & extensión).

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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