BA51

Cardiomiopatía isquémica

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Disfunción sistólica del ventrículo izquierdo en presencia de uno o varios de los siguientes factores: antecedentes de revascularización miocárdica o infarto de miocardio; estenosis de más del 75% del tronco principal izquierdo o de la arteria descendente anterior izquierda; o estenosis mayor del 75% de dos vasos o más. Abarca todo un espectro de estados fisiológicos anormales por discrepancia entre la perfusión y la contracción: infarto, aturdimiento, hibernación y cicatrización del miocardio.

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1259725625.

Ficha técnica

Bloque
Cardiopatía isquémica crónica
BlockL2-BA5
Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
I255 · CARDIOMIOPATIA ISQUEMICA
I255

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre BA51

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, BA51 (Cardiomiopatía isquémica) corresponde a I255 (CARDIOMIOPATIA ISQUEMICA) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

BA51 tiene 3 subdivisiones en la linealización MMS: BA51.0 (Cardiomiopatía dilatada por anomalía congénita de arteria coronaria), BA51.Y (Otra cardiomiopatía isquémica especificada), BA51.Z (Cardiomiopatía isquémica, sin especificación). Si la historia clínica lo permite, usa el código más específico.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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