BA60.2

Aneurisma ventricular como complicación en curso después de un infarto agudo de miocardio

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Área discinética aislada en el ventrículo izquierdo de cuello ancho después de un infarto agudo de miocardio. La pared del aneurisma verdadero es más delgada que el resto del ventrículo izquierdo; por lo general se compone de tejido fibroso y de tejido muscular necrótico, a veces mezclados con zonas de miocardio viable. En cambio, los seudoaneurismas se componen de un hematoma organizado y pericardio y carecen por completo de componentes de la pared miocárdica original.
También se encuentra como
aneurisma ventricular postinfarto · aneurisma ventricular tras un infarto agudo de miocardio · aneurisma ventricular como complicación postinfarto miocárdico

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/456973650.

Ficha técnica

Bloque
Enfermedades isquémicas del corazón
BlockL1-BA4
Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
I23
I23X

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre BA60.2

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, BA60.2 (Aneurisma ventricular como complicación en curso después de un infarto agudo de miocardio) corresponde a I23X en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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