Otra alteración especificada del ritmo ventricular
Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.
Ficha técnica
- Bloque
- Alteración del ritmo ventricular
- BlockL2-BC7
- Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
- Sin equivalencia directa
- ·
Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.
Preguntas frecuentes sobre BC7Y
El mapa oficial de la OMS no define una equivalencia CIE-10 directa para BC7Y (Otra alteración especificada del ritmo ventricular). En la transición, codifica en CIE-10 con el código clínicamente más cercano según tu criterio y la documentación del caso.
Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.
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