Trastornos de la motilidad del esófago, sin especificar
Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.
Contenido oficial de la OMS (CIE-11 en español)
- También se encuentra como
- Trastornos de la motilidad del esófago · discinesia del esófago · alteración de la motilidad esofágica · trastorno de la motilidad esofágica · trastorno motor esofágico · discinesia esofágica · trastornos de la motilidad esofágica · espasmo esofágico · contracción espasmódica del esófago · disquinesias del esófago
Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/581725607/unspecified.
Ficha técnica
- Bloque
- Enfermedades del esófago
- BlockL1-DA2
- Postcoordinación
- Localización anatómica específica · Asociado con · Afección causante (obligatoria) — códigos de extensión unidos con «&»
- 3
Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.
Preguntas frecuentes sobre DA21.Z
Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, DA21.Z (Trastornos de la motilidad del esófago, sin especificar) corresponde a K224 (DISQUINESIA DEL ESOFAGO) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.
La CIE-11 REQUIERE postcoordinar afección causante en este código, y permite precisar opcionalmente localización anatómica específica y asociado con. La postcoordinación se escribe uniendo los códigos con «&» (código base & extensión).
Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.
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