DC14.2

Discinesia del esfínter de Oddi

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Trastorno del movimiento que consiste en una serie de reacciones adversas, entre ellas la disminución de los movimientos voluntarios y la presencia de movimientos involuntarios en la válvula muscular que regula el paso de los jugos digestivos (la bilis y el jugo pancreático) por la ampolla de Vater hacia la segunda porción del duodeno.
Inclusiones
Disfunción del esfínter de Oddi · Funcionamiento defectuoso del esfínter de Oddi
También se encuentra como
Disfunción del esfínter de Oddi · Funcionamiento defectuoso del esfínter de Oddi · movimiento anómalo del esfínter de Oddi · trastornos de la motilidad del esfínter de Oddi · Disquinesia del esfínter de Oddi · espasmo del esfínter de Oddi · Espasmo de la ampolla de Vater · esfínter de Oddi espasmódico

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1632503092.

Ficha técnica

Bloque
Enfermedades de la vesícula biliar o de las vías biliares
BlockL1-DC1
Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
K834 · ESPASMO DEL ESFINTER DE ODDI
K834
Postcoordinación
Manifestación — códigos de extensión unidos con «&»
1

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre DC14.2

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, DC14.2 (Discinesia del esfínter de Oddi) corresponde a K834 (ESPASMO DEL ESFINTER DE ODDI) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

La CIE-11 permite precisar opcionalmente manifestación. La postcoordinación se escribe uniendo los códigos con «&» (código base & extensión).

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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