EB44

Dermatitis herpetiforme

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Enfermedad inmunoampollosa de la piel caracterizada por erupciones recurrentes de pápulas, vesículas o ampollas intensamente pruriginosas, que normalmente se agrupan simétricamente en las superficies de extensión de las extremidades, en las nalgas y en la espalda. Las lesiones primarias se ven con frecuencia enmascaradas por escoriación. Una respuesta anormal (aún no bien esclarecida) al gluten de la alimentación provoca la formación de autoanticuerpos frente a las transglutaminasas tisulares y epidérmicas, y el depósito granular de IgA en las papilas de la dermis. Esta enfermedad está fuertemente asociada a la enteropatía por gluten, que puede ir desde una leve inflamación del epitelio yeyunal hasta la atrofia total de las vellosidades (enfermedad celíaca).
También se encuentra como
DH · enfermedad de Duhring-Brocq · dermatitis de Duhring-Brocq · dermatitis herpetiforme de Duhring-Brocq

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/286313127.

Ficha técnica

Bloque
Enfermedades inmunoampollosas de la piel
BlockL2-EB4
Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
L130 · DERMATITIS HERPETIFORME
L130

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre EB44

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, EB44 (Dermatitis herpetiforme) corresponde a L130 (DERMATITIS HERPETIFORME) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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