Liquen escleroso del pene
Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.
Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)
Liquen escleroso que afecta el pene. Ocurre casi exclusivamente en varones no circuncidados, como resultado del contacto ocluido crónico del epitelio sensible a la orina. Suele causar dispareunia y dificultades miccionales. Se manifiesta típicamente como una fimosis esclerótica del prepucio, que no puede retraerse, junto a inflamación y esclerosis de la superficie mucocutánea del prepucio y el glande. En los casos graves puede aparecer estenosis y, en ocasiones, obliteración del meato urinario. Aunque suele verse en hombres adultos, es también una causa frecuente de fimosis adquirida en los niños.
- Inclusiones
- balanitis xerótica obliterante
- También se encuentra como
- liquen escleroso peneano · balanitis xerótica obliterante
Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/43210204.
Ficha técnica
- Bloque
- Dermatosis inflamatorias cicatriciales o esclerosantes
- BlockL2-EB6
Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.
Preguntas frecuentes sobre EB60.1
Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, EB60.1 (Liquen escleroso del pene) corresponde a N480 (LEUCOPLASIA DEL PENE) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.
Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.
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