ED70.1

Alopecia de patrón femenino

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

La alopecia de patrón femenino se diferencia de la de patrón masculino no solo por ser habitualmente menos pronunciada, sino también por el hecho de que la línea frontal de nacimiento del cabello suele conservarse. Una cuarta parte de las mujeres presenta caída del cabello clínicamente detectable a los 70 años de edad. En la mayor parte de los casos, puede atribuirse a los efectos de los andrógenos.
También se encuentra como
caída del cabello de patrón femenino · calvicie de patrón femenino · alopecia femenina · Pérdida de cabello androgenética de la mujer · Alopecia androgenética femenina · Pérdida de cabello femenina , no androgenética

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/687011469.

Ficha técnica

Bloque
Trastornos del pelo
BlockL3-ED7

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre ED70.1

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, ED70.1 (Alopecia de patrón femenino) corresponde a L658 (OTRAS PERDIDAS ESPECIFICADAS NO CICATRICIALES DEL PELO) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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