FA33.0

Menisco quístico

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Contenido oficial de la OMS (CIE-11 en español)

También se encuentra como
quiste de los meniscos de la rodilla · quiste del cartílago semilunar · quiste meniscal · Menisco quístico, de múltiples sitios · Menisco quístico, delcuerno anterior del menisco medial · Menisco quístico, del cuerno posterior del menisco medial · Menisco quístico, otro y parte del menisco medial no especificada · Menisco quístico, del cuerno anterior del menisco lateral · Menisco quístico, del cuerno posterior del menisco lateral

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1157941552.

Ficha técnica

Bloque
Algunas artropatías o deformidades especificadas de las extremidades
BlockL2-FA3
Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
M230 · MENISCO QUISTICO
M230
Postcoordinación
Lateralidad · Manifestación — códigos de extensión unidos con «&»
2

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre FA33.0

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, FA33.0 (Menisco quístico) corresponde a M230 (MENISCO QUISTICO) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

La CIE-11 permite precisar opcionalmente lateralidad y manifestación. La postcoordinación se escribe uniendo los códigos con «&» (código base & extensión).

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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