GC40.53

Incontinencia urinaria por rebosamiento asociada a prolapso de órganos pélvicos

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Afección del aparato urinario causada por vaciamiento incompleto de la orina en la vejiga y un músculo detrusor no contráctil. Se caracteriza por incontinencia urinaria y fuga de orina en pequeños volúmenes. Puede asociarse a obstrucción, musculatura vesical débil, lesiones, medicamentos, diabetes mellitus, daño a los nervios o disfunción del sistema nervioso.
También se encuentra como
incontinencia por rebosamiento con POP · incontinencia paradójica con prolapso de órganos pelvianos · incontinencia por sobreflujo asociada a POP · incontinencia por goteo con prolapso de órganos pélvicos

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1829599995.

Ficha técnica

Bloque
Disfunción del suelo pélvico femenino
BlockL2-GC4

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre GC40.53

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, GC40.53 (Incontinencia urinaria por rebosamiento asociada a prolapso de órganos pélvicos) corresponde a N394 (OTRAS INCONTINENCIAS URINARIAS ESPECIFICADAS) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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