GC50

Trastornos funcionales de la vejiga SAI

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Cualquier otra afección urológica caracterizada por síntomas como síndrome de la vejiga hiperactiva, aplazamiento del vaciado miccional, incontinencia de esfuerzo, incontinencia de la risa y micción disfuncional en niños, sin más especificaciones.
Exclusiones (codifícalas aparte)
Enuresis diurna 6C00.1 · Enuresis nocturna y diurna 6C00.2 · Enuresis 6C00 · Enuresis nocturna 6C00.0

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1494945361.

Ficha técnica

Bloque
Otras afecciones del sistema genitourinario
BlockL1-GC4
Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
Sin equivalencia directa
·

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre GC50

El mapa oficial de la OMS no define una equivalencia CIE-10 directa para GC50 (Trastornos funcionales de la vejiga SAI). En la transición, codifica en CIE-10 con el código clínicamente más cercano según tu criterio y la documentación del caso.

GC50 tiene 4 subdivisiones en la linealización MMS: GC50.0 (Vejiga hiperactiva), GC50.1 (Sensibilidad vesical ausente o disminuida), GC50.Y (Otros trastornos funcionales especificados de la vejiga SAI), GC50.Z (Trastornos funcionales de la vejiga SAI, sin especificación). Si la historia clínica lo permite, usa el código más específico.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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