LA13.7Z

Malformación congénita de la papila óptica, sin especificación

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Contenido oficial de la OMS (CIE-11 en español)

También se encuentra como
Malformación congénita de la papila óptica · Anomalía de la papila óptica · Malformación congénita de la papila óptica, no especificada en otra parte · Cavidad de la papila óptica · Malformación congénita del disco del nervio óptico · Anomalía congénita de la papila óptica · Malformación congénita del disco óptico · Malformación congénita de la cabeza del nervio óptico · Malformación congénita de la papila del nervio óptico · Hipoplasia o aplasia del nervio óptico · Disco óptico excavado congénitamente · Excavación congénita del disco óptico

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1980732874/unspecified.

Ficha técnica

Bloque
Anomalías estructurales del desarrollo del ojo, el párpado o el aparato lagrimal
BlockL2-LA1
Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
Q142 · MALFORMACION CONGENITA DEL DISCO OPTICO
Q142
Postcoordinación
Lateralidad — códigos de extensión unidos con «&»
1

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre LA13.7Z

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, LA13.7Z (Malformación congénita de la papila óptica, sin especificación) corresponde a Q142 (MALFORMACION CONGENITA DEL DISCO OPTICO) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

La CIE-11 permite precisar opcionalmente lateralidad. La postcoordinación se escribe uniendo los códigos con «&» (código base & extensión).

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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