Ventrículo derecho de doble salida con comunicación interventricular no comprometida
Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.
Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)
Malformación cardiovascular congénita que es una variante del ventrículo derecho de doble salida con conexiones auriculoventriculares concordantes que se asocia con un defecto del tabique ventricular que se encuentra alejado de los tractos de salida del ventrículo y generalmente dentro de la entrada o del tabique muscular trabecular.
- También se encuentra como
- ventrículo derecho de doble salida con defecto septal ventricular no comprometido · ventrículo derecho de doble salida con defecto septal ventricular remoto · ventrículo derecho de doble salida con defecto del tabique ventricular no comprometido · ventrículo derecho de doble salida con comunicación interventricular distante
Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/2032277111.
Ficha técnica
- Bloque
- Anomalía del desarrollo estructural del corazón o de los grandes vasos
- BlockL3-LA8
Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.
Preguntas frecuentes sobre LA85.21
Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, LA85.21 (Ventrículo derecho de doble salida con comunicación interventricular no comprometida) corresponde a Q201 (TRANSPOSICION DE LOS GRANDES VASOS EN VENTRICULO DERECHO) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.
Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.
Códigos relacionados
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