LA8A.23

Atresia valvular aórtica

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Malformación cardiovascular congénita en la que no hay orificio de la válvula aórtica. Información adicional: la atresia de la válvula aórtica con frecuencia no se codifica de forma independiente, ya que con frecuencia se incluye en el código del "Síndrome del corazón izquierdo hipoplásico" como parte de este espectro de malformaciones cardiovasculares. Sin embargo, hay un pequeño subconjunto de pacientes con atresia de la válvula aórtica que tienen un ventrículo izquierdo y una válvula mitral bien desarrollados y una comunicación interventricular grande (no restrictiva o restrictiva).
También se encuentra como
válvula aórtica imperforada · atresia de la válvula aórtica · válvula aórtica atrésica · atresia congénita de la vávula aórtica · imperforación de la válvula aórtica

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1700740306.

Ficha técnica

Bloque
Anomalía del desarrollo estructural del corazón o de los grandes vasos
BlockL3-LA8
Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
Q23
Q23X

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre LA8A.23

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, LA8A.23 (Atresia valvular aórtica) corresponde a Q23X en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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