Anomalía congénita de la aurícula derecha
Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.
Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)
Malformación cardiovascular congénita caracterizada por alguna anomalía de la aurícula derecha.
- También se encuentra como
- anomalía atrial derecha · malformación congénita de la aurícula derecha · anomalía auricular derecha · Aurícula derecha dividida · corazón triatrial derecho · Cor triatriatum dexter · Cor dextrum triatriatum · Triatriatum del corazón derecho · aurícula derecha bicameral · aurícula derecha bicompartimental · Yuxtaposición a la izquierda de los apéndices auriculares · Aurícula derecha gigante congénita · Aneurisma aurícular derecho congénito · Dilatación familiar idiopática de la aurícula derecha · Red de Chiari
Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1523246177.
Ficha técnica
- Bloque
- Anomalía del desarrollo estructural del corazón o de los grandes vasos
- BlockL3-LA8
- Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
- Q208 · OTRAS MALFORMACIONES CONGENITAS DE LAS CAMARAS CARDIACAS Y SUS CONEXIONES
- Q208
Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.
Preguntas frecuentes sobre LA8F
Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, LA8F (Anomalía congénita de la aurícula derecha) corresponde a Q208 (OTRAS MALFORMACIONES CONGENITAS DE LAS CAMARAS CARDIACAS Y SUS CONEXIONES) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.
Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.
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