LA90.13

Higroma quístico fetal

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Anomalía del desarrollo del sistema linfático en los puntos de conexión linfático-venosa; con mayor frecuencia en la nuca, pero a veces también en la parte anterior del cuello y puede extenderse al tórax. Se asocia con frecuencia a anomalías del cariotipo, diversos síndromes malformativos y agentes teratógenos. Cuando se diagnostica antes del nacimiento, el pronóstico general es malo; cuando se diagnostica después de nacer, en cambio, su pronóstico suele ser bueno.
También se encuentra como
higroma quístico neonatal · higroma quístico del recién nacido · Higroma quístico fetal con hidropesía · higroma quístico en un feto con hidropesía · Higroma quístico fetal sin hidropesía · higroma quístico en un feto sin hidropesía

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1845825765.

Ficha técnica

Bloque
Anomalías estructurales del desarrollo del sistema circulatorio
BlockL2-LA8

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre LA90.13

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, LA90.13 (Higroma quístico fetal) corresponde a Q289 (MALFORMACION CONGENITA DEL SISTEMA CIRCULATORIO, NO ESPECIFICADA) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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