LB52.2

Criptorquidia bilateral

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Forma de criptorquidia en la que ambos testículos no han completado su descenso desde el abdomen, por lo que aparecen ausentes del escroto.
También se encuentra como
testículos retenidos de manera bilateral · criptorquidismo bilateral · teste no descendido, bilateral · testículos no descendidos en forma bilateral · testículos retenidos bilateralmente · testículo no descendido, bilateral · criptorquismo bilateral · Testículo no descendido, bilateral, canalicular · Testículo no descendido, bilateral, inguinal · testículo inguinal bilateral · Testículo no descendido, bilateral, intraabdominal · Mala descenso bilateral de testículos · descenso imperfecto bilateral de testículos · descenso anómalo bilateral de los testículos

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/220096588.

Ficha técnica

Bloque
Anomalías estructurales del desarrollo del aparato genital masculino
BlockL2-LB5
Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
Q532 · TESTICULO NO DESCENDIDO, BILATERAL
Q532

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre LB52.2

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, LB52.2 (Criptorquidia bilateral) corresponde a Q532 (TESTICULO NO DESCENDIDO, BILATERAL) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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