LD46

Errores de impronta

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Ficha técnica

Bloque
Anomalías cromosómicas, con exclusión de las mutaciones genéticas
BlockL1-LD4
Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
Sin equivalencia directa
·

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre LD46

El mapa oficial de la OMS no define una equivalencia CIE-10 directa para LD46 (Errores de impronta). En la transición, codifica en CIE-10 con el código clínicamente más cercano según tu criterio y la documentación del caso.

LD46 tiene 4 subdivisiones en la linealización MMS: LD46.0 (Errores de impronta materna), LD46.1 (Errores de impronta paterna), LD46.Y (Otros errores especificados de impronta), LD46.Z (Errores de impronta, sin especificación). Si la historia clínica lo permite, usa el código más específico.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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