Resultados anormales en las pruebas funcionales del aparato circulatorio
Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.
Contenido oficial de la OMS (CIE-11 en español)
- Exclusiones (codifícalas aparte)
- Síndrome de QT largo BC65.0
- También se encuentra como
- resultados anormales en los estudios funcionales del aparato cardiovascular · resultados anormales en los estudios de función cardiovascular, sin especificación · Electrocardiografía anormal · ECG anormal · anomalía electrocardiográfica · electrocardiograma anormal · trastorno electrocardiográfico · trazo electrocardiográfico anormal · Resultados anormales en estudios electrofisiológicos intracardíacos · resultados anormales en EEFIC · Fonocardiograma anormal · fonocardiografía anormal · resultados anormales en el fonocardiograma · Vectocardiograma anormal · vectocardiografía anormal · resultados anormales en el vectocardiograma · vectorcardiograma anormal
Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1071377082.
Ficha técnica
- Bloque
- Síntomas, signos o resultados clínicos relativos al aparato circulatorio
- BlockL1-MC8
- Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
- R943 · RESULTADOS ANORMALES EN ESTUDIOS FUNCIONALES CARDIOVASCULARES
- R943
Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.
Preguntas frecuentes sobre MC91
Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, MC91 (Resultados anormales en las pruebas funcionales del aparato circulatorio) corresponde a R943 (RESULTADOS ANORMALES EN ESTUDIOS FUNCIONALES CARDIOVASCULARES) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.
Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.
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